NORMAS DE RÉGIMEN INTERNO DEL CBRAFAL


REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CLUB BALONCESTO SIGLO XXI RAFAL



REGLAMENTO INTERNO
CB RAFAL C.I.F: G-54054663
PÁGINA 1-14






ÍNDICE

I. DISPOCIONES GENERALES ......................................................... pág. 3
1. Objeto
2. Ámbito de aplicación
3. Compromiso de aceptación
4. Compromiso de contribución

II. DE LA COMPOSICIÓN Y ESTRUCTURA DEL CLUB ...................... pág. 3
5. Estructura del club

III. DE LOS JUGADORES ................................................................... pág. 6
6. Derechos de los jugadores
7. Deberes de los jugadores

IV. DE LOS ENTRENADORES ............................................................ pág. 8
8. Funciones
9. Derechos de los entrenadores
10. Deberes de los entrenadores

V. DE LOS DELEGADOS DEL CLUB .................................................. pág. 10
11. Delegados de equipo
12. Delegados de campo

VI. DE LOS PADRES, TUTORES Y FAMILIARES ................................. pág. 10
13. Participación

VII. DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO ................................................... pág. 11
14. Aplicación
15. Competencia
16. Infracciones
17. Procedimiento sancionador
18. Sanciones


DISPOSIONES FINALES ............................................................... pág. 14





REGLAMENTO INTERNO
CB RAFAL PÁGINA 2 – 14

I
. DISPOSICIONES GENERALES

1. Objeto.- Este Reglamento de Régimen Interno, tiene por objeto establecer la organización y el
funcionamiento interno del Club Baloncesto Rafal. Contiene las normas básicas y un
conjunto de recomendaciones para jugadores, entrenadores y asistentes a las actividades del club. En lo no contemplado por este Reglamento se aplicará la normativa establecida por la FBCV.

2. Ámbito de aplicación.- El ámbito de aplicación de este Reglamento es personal, espacial y territorial. Afecta a todas las personas vinculadas directamente con el club de baloncesto: los jugadores, los entrenadores, los directivos y los colaboradores, así como a los padres o tutores de cualquier persona vinculada al club en aquellos aspectos que le sean aplicables. Se aplicará durante el tiempo que exista esta vinculación y su ámbito de aplicación territorial se extiende a cualquier lugar donde se desarrollen las actividades del club, tanto en instalaciones propias como
ajenas.

3. Compromiso de aceptación.- Al club de baloncesto se accede de forma voluntaria y pertenecer al mismo implica aceptar las normas de este Reglamento. Esta aceptación se hará con la firma de cada una de las personas que formen el club y, en el caso de ser menor de edad, será firmada por los padres o por los tutores.

4. Compromiso de contribución.- Al pertenecer al club de baloncesto se adquieren los siguientes compromisos de contribución al sostenimiento del club:

4.1. Cuotas.- Para ser jugador del club de baloncesto se debe abonar una tasa de inscripción y una cuota anual, cuyos importes y formas de pago se establecerán para cada temporada.
La falta de pago de algún recibo pasado al cobro podrá suponer la separación del jugador de las actividades del club (entrenamientos y partidos), a las que no podrá reintegrarse hasta que no se salde la deuda. Si la deuda no se saldara en el plazo que se estableciera, se tramitará la baja del jugador.

La baja como jugador no dará derecho a reintegro de la tasa de inscripción.

4.2. Equipación.- Al inicio de la temporada los jugadores deberán adquirir en el club la equipación oficial que corresponda.

4.3. Lotería.- Cada miembro del club deberá colaborar en la venta de la Lotería de Navidad del club, para lo que se le entregará el/los correspondientes talonarios/talonario. Podrá renunciar a
recibirlo si aporta en metálico el equivalente al beneficio que se obtendría con la venta.

II. DE LA COMPOSICIÓN Y ESTRUCTURA DEL CLUB
5. Estructura del club.- El club de baloncesto está constituida por los Órganos de Gobierno, el Staff técnico, las Comisiones, los Jugadores y los Socios.
Son Órganos de Gobierno la Junta Directiva, la Dirección técnica y determinadas Comisiones.
R
EGLAMENTO INTERNO
C.B. RAFAL 3-14



Forman el Staff técnico los Entrenadores, Delegados y Delegados de campo.
Las Comisiones se constituirán, en cada momento, por la Junta Directiva.
Los socios podrán ser de temporada, permanentes y honoríficos.

5.1. Junta Directiva. La Junta Directiva estará formada por el Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y 1 o más vocales. El Presidente del club es designado por el CLUB BALONCESTO RAFAL. El Presidente del club designará los miembros de la Junta Directiva.
Son funciones de la Junta Directiva:
a) Establecer cada temporada la estructura deportiva del club, qué equipos la forman y en qué competiciones se participa.

b) Nombrar al Director Técnico y asignarle los equipos sobre los que tiene que realizar la planificación.

c) Aprobar la planificación deportiva para la temporada.

d) Organizar todas las actividades deportivas del club.

e). Crear las comisiones o grupos de trabajo que considere necesarios y nombrar a las
personas que hayan de dirigir las distintas comisiones.

f). Redactar, o en su caso reformar, el Reglamento de Régimen Interno.

g). Convocar y organizar la Asamblea General.

h). Aplicar el régimen sancionador de este Reglamento.

i) Aprobar los presupuestos de la temporada.

j). Cualesquiera otras que se estimen oportunas para la mejora del funcionamiento del club.

k). Las personas que formen parte de la Junta Directiva, como miembros de un órgano de Gobierno, deben asistir a aquellos actos institucionales o privados que el Presidente de la misma estime necesario.

La Junta Directiva quedará válidamente constituida cuando asistan al menos el Presidente o el vicepresidente, y la mitad de los restantes miembros.

Los acuerdos de la Junta Directiva sobre funcionamiento del club se adoptarán por mayoría simple, para lo que cada miembro de la Junta dispondrá de un voto y, en caso de empate, decidirá el voto del Presidente. Los acuerdos para la modificación del Reglamento de régimen interno requerirán mayoría cualificada del 75% de los miembros y todos los votos tendrán el mismo valor.





REGLAMENTO INTERNO
C. B. RAFAL PÁGINA 4-14



5.2 Dirección Técnica. La Dirección Técnica depende de la Junta Directiva. El cargo de Director Técnico tiene por objeto el establecimiento de un responsable dedicado
fundamentalmente a los aspectos deportivos que afecten directa o indirectamente al club, pudiendo compartir este cargo con el de entrenador de alguno de los equipos.

Cualquier decisión que tome tendrá como finalidad el mejor funcionamiento del club.
Su función principal es programar y controlar el trabajo de los equipos de formación y de losentrenadores que dirige. Por ello, el Director Técnico es quien marca los objetivos, programa el trabajo de los diferentes equipos, controla y corrige el trabajo de los entrenadores y se encarga de la coordinación de los equipos.

También son funciones del Director Técnico, al menos, las siguientes:

a). Convocar y presidir las reuniones de trabajo con los entrenadores y/o delegados de
equipo.

b). Establecer junto con los entrenadores los métodos de evaluación de los jugadores.

c) Evaluar la actuación de los entrenadores sobre el cumplimiento de la planificación de la temporada e informar a la Junta directiva de los resultados.

d) Velar por el cumplimiento del Reglamento de Régimen Interno, proponiendo a la Junta Directiva las sanciones disciplinarias que entienda necesarias para el buen funcionamiento de los distintos equipos y ejecutando aquellas para las que tuviera competencias.

e). Dirigir los grupos de trabajo que formen los equipos.

f). Proponer a la Junta Directiva el nombramiento y cese de los cargos deportivos que
componen el club.

g). Representar y defender los intereses de los entrenadores ante la Junta Directiva del
club.

h). Potenciar la participación en el club fundamentalmente en las categoría inferiores,
procurando alianzas y colaboraciones con los centros escolares.

i). Como miembro de un órgano de Gobierno, asistir a aquellos actos institucionales o
privados que la Junta Directiva estime necesario.

5.3. Comisiones. Para lograr determinados objetivos concretos (deportivo, económico,
disciplinario, festivo, etc.), la Junta Directiva constituirá las Comisiones oportunas, que estarán formadas por miembros del club y, en su caso, por colaboradores; su duración estará limitada al cumplimiento de sus objetivos, pudiendo ser revocada aunque éstos no se lograren. Las Comisiones podrán constituirse al inicio de la temporada o específicamente para casos especiales.





REGLAMENTO INTERNO
C.B RAFAL PÁGINA 5-14



Todas las Comisiones serán presididas por el Presidente del club o por la persona que éste designe.

5.4. Socios.- Hay tres tipos de socios: de temporada, permanentes y honoríficos.

Socio de temporada es aquella persona física o jurídica que así lo solicite, sea admitido y abone la cuota de inscripción requerida en esa temporada. La duración de la condición de socio de este tipo será la de la temporada para que se inscriba y sus efectos sociales y económicos estarán limitados a esa temporada.

Socio permanente es aquella persona física o jurídica que así lo solicite, sea admitido y abone la cuota de inscripción requerida para cada temporada. La duración de la condición de socio de este tipo será ilimitada en el tiempo y sus efectos sociales y económicos estarán vigentes mientras perdure la condición de permanencia.

Socio honorífico es un título otorgado por la Junta Directiva a aquellas personas físicas o jurídicas que, por su especial vinculación con el club de baloncesto y méritos suficientemente contrastados, sean merecedoras de tal condición. Su nombramiento será propuesto por la Junta Directiva a la Comisión de valoración de méritos, que emitirá informe vinculante. La condición de socio honorífico es personal, que sólo se perderá por fallecimiento (desaparición en caso de empresas e instituciones), renuncia o por decisión de la Junta Directiva previo expediente
disciplinario. La condición de socio honorífico no comporta efecto económico alguno.

  1. DE LOS JUGADORES

6. Derechos de los jugadores.- El jugador tiene derecho a recibir una formación que desarrolle su capacidad deportiva. Tiene derecho a acceder a todos los equipos del club sin más limitación que las derivadas de su aprovechamiento y de sus aptitudes para el juego.

Para poder ejercitar estos derechos, el club le facilitará un Entrenador, unas instalaciones deportivas, un horario de entrenamiento, la enseñanza de la disciplina deportiva y la participaciónn de los equipos en las competiciones o campeonatos que se consideren convenientes.

Todo jugador tiene derecho a que se respete su integridad física y dignidad personal, no pudiendo ser objeto de vejaciones físicas o morales.

Todo jugador tiene derecho a participar en el funcionamiento del club a través de los capitanes de los equipos con los límites que se establezcan.

El capitán de cada equipo será propuesto por su entrenador y podrá ser removido de su puesto si se estima oportuno. La forma de designación corresponde a la Dirección Técnica. Las funciones del capitán del equipo serán las de enlace entre los jugadores y el entrenador y, en su caso, de plantear al Director Técnico los conflictos del equipo no resueltos por el entrenador.




REGLAMENTO INTERNO
C.B. RAFAL PÁGINA 6-14


7. Deberes de los jugadores.-
7.1. Conducta. Todo jugador debe cumplir con las siguientes normas básicas de conducta.
a). Respeto a todas las personas que pertenezcan al club de baloncesto.

b). Respeto a las decisiones y consideraciones de los técnicos, tanto en lo deportivo como en otros aspectos de su preparación como la alimentación, descansos, recuperaciones, etc.

c). Puntualidad en todas las actividades como entrenos, partidos, desplazamientos,
debiendo convertirse en una costumbre, trasladable a los padres o tutores en el caso de que se dependa de ellos para asistir a las actividades.

d) Actitud de pertenencia al grupo. El baloncesto, como deporte de equipo, exige que la actitud de todo jugador sea la de pertenencia a un grupo que trabaja para la consecución del mismo objetivo.

e). La actitud ha de ser positiva en cualquier actividad en la que se participe sea como
jugador o como espectador.

7.2. Entrenamientos. Los entrenamientos son la parte más importante de la formación y el periodo en el más tiempo se convive con el equipo. Se regirán por las siguientes normas básicas:

a). Puntualidad. La falta de puntualidad supone una desconsideración al entrenador, a los otros jugadores y al equipo, por cuanto altera la programación prevista, genera discordia y minora el rendimiento del equipo.

b). Asistencia. Es obligatoria la asistencia a todos los entrenamientos. La falta de
asistencia deberá estar suficientemente justificada y ser comunicada lo antes posible al entrenador del equipo.

c) Equipación. La equipación de los entrenamientos consistirá en camisetas blancas y/o verdes, por lo que se vendrá provisto de una de cada color.

d) Zapatillas. Para que la pista se ensucie lo menos posible y evitar al máximo las caídas por resbalar sobre arenilla, es conveniente que las zapatillas para el entrenamiento se traigan aparte, estén limpias de barro y se usen sólo para el entrenamiento.

e). Agua para beber. Es conveniente que cada jugador traiga una botella de agua para su propia hidratación.

f). Instalaciones. Las instalaciones han de ser cuidadas al máximo, procurando que no se deterioren más allá del uso normal de las mismas.

g). Duchas. Es una de las instalaciones en las que más cuidado hay que tener, por cuanto puede ser causa de caídas, siendo conveniente el uso de chanclas para evitar posibles contagios de micosis. En la ducha se permanecerá el menor tiempo posible, procurando el ahorro de agua y energía.
R
EGLAMENTO INTERNO
CBRAFAL PÁGINA 7-14

h
). Balones y resto de material. Deben cuidarse haciendo un uso responsable de los
mismos.

i) Limpieza. No ensuciar más de lo indispensable y usar las papeleras.

7.3. Partidos. En los partidos es donde se aplican los conocimientos adquiridos y donde se demuestra la pertenencia al grupo. Deben seguirse las siguientes normas básicas:


a). Puntualidad. Si en los entrenamientos la puntualidad es importante, ante los partidos es fundamental. La falta de puntualidad es una falta muy grave.

b). Equipación. Se asistirá con la equipación que el entrenador haya indicado.

c) Documentación. Además de la documentación que corresponda llevar al entrenador, es conveniente llevar el DNI.

d). Relación con los árbitros. Siempre se debe actuar con respeto hacia los árbitros,
buscando la colaboración que es lo más beneficioso para el jugador y, sobretodo, para el equipo.

e). Relación con los rivales. Los componentes del otro equipo son nuestros rivales, no
nuestros enemigos. Se actuará siempre con respeto y educación, mostrando la máxima combatividad con una actitud deportiva.

f). Relación con el público. La actitud del público no debe afectarnos en el desarrollo del partido. No debemos caer en sus provocaciones, cuyo único objetivo es que se pierda la concentración. Debemos centrarnos en el desarrollo del partido y no perder la concentración.

g). Actitud. La actitud durante los partidos debe ser ejemplar. Corresponde al entrenador marcar las pautas a seguir en cada partido. Siempre hay que tener en cuenta que los rivales están en el otro equipo y que no es nadie de nuestro equipo. Si hay que arreglar alguna cosa en el equipo, se planteará en las próximas sesiones de entrenamiento.

IV. DE LOS ENTRENADORES
8. Funciones. A los entrenadores les compete la función de enseñar la práctica del baloncesto, con fines deportivos y educativos, siguiendo los criterios marcados desde la Dirección Técnica. La designación de los entrenadores compete a la Junta Directiva a propuesta de la Comisión Deportiva.

9. Derechos de los entrenadores.- El entrenador tiene derecho a ejercer sus funciones dentro de los márgenes prefijados y en el equipo a que se le destine. Tiene derecho al respeto del resto de los componentes del club y de los jugadores. Tiene derecho a ser informado de los asuntos que afecten al club y, fundamentalmente, a aquellos asuntos que le conciernen directamente. Tiene derecho a utilizar las instalaciones y medios materiales para cumplir con los objetivos que se le
asignen. Tiene derecho a presentar sugerencias y propuestas de orden deportivo, formuladas por escrito, ante los Órganos de Gobierno del club.

R
EGLAMENTO INTERNO
CB RAFAL PÁGINA 8-14



10. Deberes de los entrenadores.-
10.1. Conducta. Todo entrenador debe cumplir las siguientes normas básicas de conducta general:
a). Respeto a todas las personas que pertenezcan al club de baloncesto y, en especial, a los jugadores de su equipo.

b). Respeto a las decisiones y consideraciones de la Junta Directiva y de la Dirección
Técnica.
c). Puntualidad en cualquier actividad. La falta de puntualidad supone una
desconsideración a los jugadores y un incumplimiento de la relación con el club.

d) Al entrenador le compete, más que a nadie, que los jugadores de su equipo adopten una actitud de pertenencia al grupo y eso se logra con la empatía, comportándose en todo momento como un elemento más del grupo.

e). La actitud será siempre positiva en cualquier actividad en la que se participe como
entrenador o como espectador.

f). La imagen que proyecte un entrenador ha de ser ejemplar, no olvidando en ningún
momento que sus pautas de comportamiento van a ser imitadas, con toda probabilidad, por los jugadores de su equipo u otros jugadores del club.

10.2. Planificación. En base a los objetivos, temporalidad y controles que les hayan sido establecidos por la Dirección Técnica del club, el entrenador planificará la temporada de su equipo y diseñará las sesiones de entrenamientos y sus contenidos.

Esta planificación incluirá el seguimiento de la evolución de cada jugador, elevando los informes que sobre estos asuntos le sean requeridos.

Actividades. Para el conjunto de actividades, el entrenador está obligado a:
a). Participar, salvo causa justificada, en todas las actividades propias de su equipo, así como en las reuniones que sea debidamente convocado.

b). Desempeñar con exactitud y puntualidad las tareas y actividades correspondientes y cualquier otra actividad aprobada por Junta Directiva y refrendada en las reuniones de entrenadores.

c). Atender las inquietudes de los jugadores con objeto de estimular su esfuerzo y
favorecer la convivencia.

d). Atender, si así lo indicara la Junta Directiva, las consultas de los padres o tutores de los jugadores.
e). Aplicar el régimen disciplinario del club en el ámbito de su competencia.

f). Rellenar las hojas del control de entrenamiento en los aspectos técnicos y en los
referidos a la asistencia y comportamiento de los jugadores.

R
EGLAMENTO INTERNO
CB RAFAL PÁGINA 9-14




g). Procurar que las instalaciones deportivas se mantengan limpias y ordenadas durante su presencia en las mismas.

h). Colocar y guardar los elementos necesarios para el desarrollo de entrenamientos y
partidos (redes, balones, banquillos etc.)

i) Llevar siempre el equipamiento deportivo adecuado a la actividad de que se trate.

j) Aceptar y facilitar que entrenen y puedan ser convocados los jugadores de otras
categorías y equipos del club a propuesta del Director Técnico, en los equipos que son
responsables.
k) Acordar con el Director Técnico la solicitud de jugadores de otras categorías y equipos del club, para que entrenen y puedan ser convocados en los equipos que son
responsables.

V. DE LOS DELEGADOS DEL CLUB.
11. Delegados de equipo.- El Delegado de equipo es el representante del club en los partidos que se celebren fuera. Será nombrado por la Junta Directiva a propuesta del entrenador del equipo y del Director Técnico.

12. Delegado de campo.- Será nombrado por la Junta Directiva a propuesta del entrenador del equipo y del Director Técnico.

VI. DE LOS PADRES, TUTORES Y FAMILIARES.
13. Participación.- En el ámbito de aplicación de este Reglamento, queda establecido que los padres o tutores están implicados en el desarrollo del proyecto del club. Sin su participación activa no se podrían alcanzar los objetivos marcados por el club, siendo fundamental en el caso de los jugadores más jóvenes.

La primera prueba de esta implicación es la inscripción de sus hijos en esta Sección de baloncesto y que supone el conocimiento de las actividades que se desarrollan y la aceptación del contenido de este Reglamento, lo que les compromete a respetarlo y procurar que sus hijos también lo hagan, siendo aconsejable que así se lo trasladen a otros familiares.

En segundo lugar, los padres o tutores procurarán:

a). Respetar el trabajo y las decisiones de los entrenadores en el desarrollo de su función.

b). Colaborar con sus hijos para que éstos acudan con asiduidad, puntualidad y la
equipación adecuada a los entrenamientos, partidos y actividades que se organicen.

c) No entrar o evitar entrar en los vestuarios, a no ser por causa de fuerza mayor, antes, durante, ni después de los entrenamientos y partidos sin permiso del entrenador.




REGLAMENTO INTERNO
CBRAFAL PÁGINA 10-14



d). Durante el desarrollo de los entrenamientos o partidos, incluido los descansos, se
abstendrán en todo momento de aconsejar o recomendar a los jugadores o a los
entrenadores sobre acciones que sean competencia exclusiva del entrenador.

e). No interrumpir el entrenamiento para preguntar o informar al entrenador. Cualquier
consulta deberá realizarse una vez finalizada la actividad, o antes de comenzarla.

f). Asistir a las reuniones a las que fueran citados por el entrenador o por la Junta
Directiva.

g). Evitar delante de sus hijos cualquier crítica sobre el entrenador, jugadores y cualquier miembro del club. Existen cauces adecuados para ello, utilícelos.
h). Mantener en los partidos una actitud correcta hacia todos los participantes sin crear situaciones ni mostrar actitudes que generen tensión o violencia.

i). Todos los padres o tutores tienen derecho, cuando así los soliciten, a recibir del
entrenador la información que sobre su hijo pueda interesarles en la forma y momento
oportunos.

j). Animar, ayudar y colaborar en todo aquello que mejore la buena marcha del club.

k). Favorecer la participación activa de sus hijos evitando utilizar el baloncesto como
castigo, ya que la superación y continuidad en este deporte depende en gran parte de su colaboración. Busquen otros recursos que no trasladen ese posible castigo a sus
compañeros y al club en general, siendo aconsejable el diálogo con el Entrenador,
Director Técnico y la Junta Directiva, ejercitando su derecho a recibir información.

VII. DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO
14. Aplicación.- El presente régimen disciplinario será de aplicación a todos los jugadores, técnicos y demás miembros del club de baloncesto como son los delegados, colaboradores, padres o tutores y Junta Directiva.

15. Competencia.- El órgano competente imponer las sanciones calificadas de graves o muy graves es la Junta Directiva. Si el infractor fuera el Director Técnico el órgano competente para sancionar es la Junta Directiva.

Para las infracciones tipificadas como leves cometidas por jugadores, entrenadores, auxiliares y delegados, el encargado de establecer la sanción será el Director Técnico, debiendo ponerlo en conocimiento de la Junta Directiva antes de ejecutarla, con objeto de ésta la pondere y decida sobre su ratificación o anulación.

Si el infractor fuera algún miembro de la Junta Directiva, se constituirá la Comisión disciplinaria especial, formada por los miembros de la Junta Directiva (excluido o excluidos los supuestos infractores), el Director Técnico, los entrenadores y un representante de los capitanes de los equipos, que debatirá y decidirá sobre el asunto.




REGLAMENTO INTERNO
CBRAFAL PÁGINA 11-14





16. Infracciones.- Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.

16.1 Son faltas leves:

a) Las faltas injustificadas de puntualidad.

b) Las faltas injustificadas, no reiteradas de asistencia a entrenamientos y partidos.

c) La no comunicación a su entrenador de cualquier anomalía o falta de asistencia a
entrenamientos y partidos con la suficiente antelación cuando aquello sea posible.

d) La actitud pasiva en entrenamientos y partidos.

e) La falta de respeto a sus compañeros o entrenador que lleven a cabo en
entrenamientos, partidos y desplazamientos o con otros jugadores, árbitros, etc.

f) Los actos de indisciplina, injuria u ofensa no graves.

g) Cualquier acto injustificado que altere levemente el normal desarrollo de las
actividades del club.

h) No llevar o no estar dispuesto a tiempo con la equipación adecuada para iniciar o
participar en entrenamientos y partidos.

i) La negativa a asistir a los entrenamientos y a los partidos que sean convocados en los equipos distintos a los que pertenecen sin motivo justificado.

j). El bajo rendimiento en los estudios.

16.2. Son faltas graves:
a) Las faltas injustificadas reiteradas de asistencia a entrenamientos y partidos.

b) La reiterada y continua falta de respeto con compañeros o entrenador así como
cualquier comportamiento incorrecto y falto de respeto de carácter grave que se lleve a cabo en entrenamientos, partidos y desplazamientos o con otros jugadores, árbitros, etc.

c) Los actos de indisciplina, injuria u ofensa grave a los miembros del club y otros en
deterioro de la imagen del club.

d) La agresión física grave a miembros del club o de otros clubes, así como a los árbitros, espectadores, etc.

e) Los actos injustificados que alteren gravemente el normal desarrollo de las actividades del club.

f) La reiterada y sistemática comisión de faltas leves en una misma temporada.




REGLAMENTO INTERNO
CBRAFAL PÁGINA 12-14



g). La comisión de más de dos faltas leves en un periodo de 30 días.

16.3. Son faltas muy graves:
a) Los actos de indisciplina, injuria u ofensa muy graves contra los miembros del club u otros en deterioro de la imagen del club, manifestaciones públicas de opinión y críticas fuera de tono u ofensivas (medios comunicación, web, foro, etc.).

b) La agresión física muy grave a miembros del club o de otros clubes, así como a los
árbitros, espectadores, etc.

c) La comisión de tres faltas graves durante una misma temporada deportiva.

17. Procedimiento sancionador.- Se iniciará a instancia de parte con el siguiente procedimiento:

17.1. Sanciones para las faltas leves. En las faltas consideradas leves, el jugador, entrenador o cualquier miembro del club que detecte dicha infracción, deberá informar al Director Técnico y éste procederá según lo establecido como sanción leve.

17.2. Sanciones para las faltas graves y muy graves. En el caso de faltas graves y muy graves, el jugador, entrenador o cualquier miembro del club, deberá informar al Director Técnico explicando el caso y aportando cuanta información estime oportuno para esclarecer los hechos. El Director Técnico informará en la reunión de la Junta Directiva el caso a tratar y ésta fallará al respecto.

17.3. Aplicación de la sanción. En el momento de decidir la resolución del expediente
disciplinario, y a los efectos de graduar la aplicación de las sanciones que proceden, se tendrán en cuenta las circunstancias personales, familiares y sociales del jugador o entrenador.

17.4. Casos excepcionales. Desde la Junta Directiva estimamos y deseamos que las sanciones muy graves no sean una constante en nuestro funcionamiento cotidiano. Debido a nuestra filosofía estamos convencidos que este tipo de sanciones tendrán un carácter excepcional y si lo hubiera, la Junta Directiva lo estudiará detenidamente y consultará a las partes las causas de la indisciplina, aportando soluciones y sanciones que beneficie a ambas partes, teniendo siempre la sanción una finalidad educativa

18. Sanciones.- A las faltas enumeradas se podrán imponer sanciones de apercibimiento, deportivas y disciplinarias.

18.1. Faltas leves. Se podrán imponer algunas de las siguientes sanciones atendiendo a las circunstancias de cada caso:
a) Amonestación privada.
b) Amonestación escrita y que será comunicada a los padres o tutores.
c) Suspensión de la práctica deportiva por un tiempo no superior a 8 días.
d). No convocatoria a partidos.
e). Pérdida de la condición de capitanía del equipo.
f). Retirada del equipo superior si estuviese en situación de “refuerzo”.
g). Realización de trabajos específicos como arbitrar partidos, recoger utensilios, etc.
h). Redacción de notas de disculpas.

R
EGLAMENTO INTERNO
CBRAFAL PÁGINA 13-14






18.2. Faltas graves. Por faltas graves:

a) Apercibimiento, en el caso de continuas faltas injustificadas de asistencia, en el que se incluirá un informe detallado del entrenador correspondiente y del Director Técnico sobre dicha actitud.

b) Suspensión de la participación de los partidos de su equipo, o de cualquier otro del
club, entre 2 partidos y 5 partidos.

18.3. Faltas muy graves.

a) Esta falta será estudiada por la Junta Directiva pudiendo ser suspendido por toda la temporada o no poder volver a participar más de las actividades de esta Sección de baloncesto.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- El presente Reglamento de Régimen Interno entrará en vigor a partir de la fecha de su aprobación en la Junta Directiva.

Segunda. Las modificaciones de este reglamento se aprobarán en Junta Directiva.





REGLAMENTO INTERNO
CBRAFAL PÁGINA 14-14